Protección de Datos para Administrador de Fincas

Un administrador de fincas se debe limitar de manera exclusiva a usar los datos para las funciones que le haya designado la comunidad de propietarios. Tanto el administrador de fincas así como cualquier otra persona que esté a su cargo, deben respetar el principio de confidencialidad al tratar datos personales.

Protección de Datos para Administrador de Fincas

El administrador de fincas está autorizado para procesar la información personal de los propietarios. Esta autorización se encuentra respaldada por la Ley de Propiedad Horizontal, la cual permite delegar la administración de la comunidad de propietarios a un administrador de fincas. Con el fin de garantizar una gestión adecuada, el administrador de fincas puede tratar los datos personales de los propietarios.

Para cumplir con las regulaciones de protección de datos en las comunidades de propietarios, el administrador de fincas tiene una serie de obligaciones. Estas obligaciones abarcan aspectos tanto documentales como operativos, y tienen como objetivo proteger los derechos de los interesados, en este caso, los propietarios, inquilinos y copropietarios.

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¿Cómo trabajamos la RGPD para Administradores de Fincas?

Aceptación del Presupuesto

Se enviará por correo electrónico para ser firmado y aceptado.

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Toma de Datos

Desde el departamento jurídico se pondrán en contacto vía teléfono para para recabar los datos necesarios.

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Implantación de la Protección de datos

Se realiza todo tipo de documentación, que se llevará a cabo a través de nuestra aplicación rgpd de forma sencilla y rápida, según la necesidad.

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Seguimiento anual

Se realiza seguimiento durante 1 año para posibles modificaciones y se resuelven dudas.

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RGPD para Administrador de Fincas

Es importante destacar que el administrador de fincas actuará como encargado de tratamiento de acuerdo con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). En este caso, el responsable del tratamiento sería la comunidad de vecinos y la persona designada para este rol (normalmente el presidente), quien delega en el administrador de fincas la responsabilidad de gestionar los datos personales.

Este encargo de tratamiento debe ser registrado por escrito a través de un contrato que establezca de manera detallada las funciones y obligaciones de cada parte en relación con la protección de datos.

 

¿Por qué la protección de datos para Administradores de Fincas es necesaria?

A pesar de que el administrador de fincas tiene la autoridad para manejar la información personal de los propietarios, es imprescindible obtener previamente el consentimiento explícito de los mismos antes de proceder con su tratamiento. Es fundamental destacar que este consentimiento solo será válido para el propósito específico comunicado a los interesados. Si se desea utilizar los datos personales recopilados para otros fines, será necesario obtener nuevamente dicho consentimiento.

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Delegado de protección de datos para administrador de fincas

¿Es necesario?

Los administradores de fincas no están obligados a nombrar un Delegado de Protección de Datos (DPO), a menos que manejen datos personales a gran escala, lo que implica gestionar un número considerable de fincas y realizar un tratamiento sistemático de dicha información.

En caso de un siniestro o incidente, el administrador de fincas puede comunicar los datos de contacto de los propietarios a servicios de emergencia, ya que esto estaría justificado por el interés legítimo del resto de los propietarios en resolver la situación.

Para la instalación de cámaras de videovigilancia, es necesario obtener el respaldo de los propietarios mediante una reunión de la Junta. El acuerdo alcanzado en dicha reunión debe ser registrado en el Acta correspondiente.